Legalización de grupo electrógeno

En determinadas ocasiones durante la realización de una obra es necesario disponer de un grupo electrógeno para atender las necesidades de suministro de energía eléctrica en la propia obra o en el edificio que se queda sin suministro eléctrico para lo cual es necesaria su legalización aunque este grupo vaya a estar poco tiempo funcionando.
Según el Reglamento electrotécnico de baja tensión (REBT) cuando un grupo electrógeno tiene una potencia superior a los 10 kW debe realizase su legalización con un proyecto firmado por técnico competente y realizar la dirección de obra de su instalación al igual que cualquier otro tipo de instalación eléctrica.
Este fue el caso de uno de nuestros clientes que nos encargó la legalización del grupo electrógeno el cual iba a estar funcionando durante un periodo de mes y medio mientras se terminaban las obras en un edificio el cual podía quedarse sin suministro eléctrico.
En este tipo de proyectos además del grupo generador en si hay que tener en cuenta la conexión eléctrica del equipo con el resto de la instalación a través del cable que lo alimenta, el cuadro de protección y también la evacuación de humos, ya que suelen ser equipos diésel.
Si necesitas la legalización de un grupo electrógeno o de cualquier otro tipo de instalación eléctrica puedes ponerte en contacto con nosotros o adquirir este servicio en nuestra tienda.
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