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Subvenciones para la realización de instalaciones para autoconsumo energético y aplicaciones térmicas.

octubre 25, 2021

El pasado 20 de octubre, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, ha sacado convocatoria para Subvenciones para la realización de instalaciones para autoconsumo energético y aplicaciones térmicas.
El objeto de la convocatoria es la concesión de subvenciones para la realización de instalaciones para el autoconsumo energético y almacenamiento, en los sectores de servicios y otros sectores productivos, sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, así como para la realización de aplicaciones térmicas en el sector residencial en la región de Murcia, de conformidad con las bases establecidas en el Real Decreto Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.

Los programas de ayudas, conforme a lo que dispone el artículo 4 del Real Decreto, entraron en vigor el 1 de julio de 2021 y mantendrán su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Las actuaciones subvencionables serán las siguientes:

  1. Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
  2. Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
  3. Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
  4. Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
  5. Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector.
  6. Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Beneficiarios:

a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros, los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada, las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía, las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
c) Las personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
d) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas.
e) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.
f) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
g) Las comunidades de propietarios, reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal.

La cuantía inicial de los fondos asignados a la presente convocatoria asciende a un importe total para todos los solicitantes de 17.465.471,04 €. Asignando entre el 15% y el 50% coste elegible de la instalación para cada solicitante, determinada en el anexo III del citado Real Decreto 477/2021, de 29 de juni0.

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda comenzará a los 7 días hábiles de la publicación de la presente convocatoria, extendiéndose hasta el 31 de diciembre de 2023.

Las solicitudes de subvención deberán ser dirigidas a la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía.

Preferentemente de forma telemática, a través del formulario electrónico específico asociado al procedimiento código 3683 dispuesto para ello en la Sede Electrónica de la CARM (https://sede.carm.es).

Si necesitas de nuestra ayuda puedes pasarte por nuestra tienda y si no encuentras lo que necesitas puedes escribirnos un correo a info@tenaga.es, nos pondremos en contacto contigo a la mayor brevedad posible.

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