Licencia de apertura de nuevos negocios
A la hora de emprender un nuevo negocio o una nueva actividad es necesario plantearse multitud de factores como por ejemplo:
- Local donde desempeñar la actividad: forma, tamaño, a pie de calle, ubicación, etc…
- Necesidades de aparcamiento
- Clientela de la zona donde se ubicará el negocio
- Necesidades de inversión
- Trámites y permisos necesarios
Y un larguísimo etcétera que dependerá del tipo de negocio que cada emprendedor vaya a realizar
Lo mas habitual es que el emprendedor busque las vías de financiación para poder arrancar el negocio y busque también el local donde se va a desarrollar la actividad atendiendo a criterios de espacio, precio y distribución del local.
Lo anterior es un punto de partida pero quizás no sea el mejor porque no nos solemos hacer la pregunta de si el negocio que queremos emprender es posible desarrollarlo legalmente tanto en la zona donde quiero abrir el negocio como en el local que he elegido.
Esto es lo que se refleja en una licencia de apertura de nuevos negocios, se trata de un documento que se tramita en al Ayuntamiento donde queremos abrir el negocio, que tiene que estar firmado por técnico competente, y en el que se describe como va a ser el negocio y que este cumplirá toda la legislación vigente.
La legislación que tiene que cumplir pude ser de origen estatal, regional o municipal y en función del tipo de actividad le aplicará mas o menos legislación pero de forma general como mínimo tendrá que cumplir lo siguiente:
- Que la actividad a ejercer sea compatible con los usos urbanísticos
En este caso es necesario consultar el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de cada Municipio, en dicho plan existe un plano en el que están delimitadas todas las manzanas, barrios o áreas y en los que se establece en cada una de ellas aquellos usos que son compatibles y cuales no. Por ejemplo: vivienda, comercial, industrial, servicios, etc… Será necesario comprobar que la actividad que queremos realizar está incluida dentro de los usos que establece el PGOU, para realizar la comprobación podemos acercarnos nosotros mismos al Ayuntamiento y realizar la consulta en Urbanismo, aunque este es uno de los servicios que realiza Tenaga cuando tramita las licencias de actividad
- Que el local cumpla con la normativa en cuanto a accesibilidad
La normativa de accesibilidad está reflejada en el denominado Código Técnico de la Edificación (CTE), En España es la normativa actual que regula como se tiene que construir y en su Documento Básico de Seguridad de Utilización y Accesibilidad (DB SUA) se indica en su apartado SUA9 como tienen que ser las construcciones para que estas sean accesibles.
Los condiciones son extensas y no todas son de aplicación en todas las situaciones, pero de forma general a la hora de elegir un local para comprar o alquilar debemos tener en cuenta lo siguiente:
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- El acceso al local debe realizarse sin escalones
- Debe existir un espacio libre de giro de ∅ 1,5 m a la entrada y salida del local y en el interior del aseo
- Las puertas de entradas al local y aseos deben tener una anchura libre >0,8 m y abrir hacia el exterior
- En el caso que existan pendientes para la entrada o en el interior del local estas deben tener un desnivel <4%
- El aseo debe tener barras de apoyo
- Los pasillos deben tener una anchura mínima de 1,2 m y los estrechamientos puntuales de 1 m
- Que el local cumpla con la normativa en cuanto a protección contra incendios
Para que cumpla con esta normativa deberá cumplir con el CTE, para lo cual será necesario en el caso mas sencillo que disponga del número de extintores adecuados y señalización contra incendios y que la estructura del local cumpla con la resistencia al fuego apropiada, que en el caso que la construcción esté realizada en hormigón siempre lo cumplirá. Este requisito se justifica en el propio proyecto de licencia de actividad.
En el caso que la estructura del local sea de estructura metálica, será necesario realizar un recubrimiento de esta con material o pintura intumescente hasta conseguir la resistencia al fuego adecuada
En el caso que la actividad a desarrollar sea una actividad industrial le será de aplicación el Reglamento de Seguridad contra el fuego en Establecimientos Industriales
- Que el local cumpla con la normativa en cuanto a instalaciones
La normativa en cuanto a instalaciones se recoge en cada reglamento particular pero de forma general todos los locales dispondrán de una instalación eléctrica, cuyo reglamento es el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT) y de sistemas de ventilación y climatización, cuyo reglamento es el Reglament0 de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE)
Para que el local cumpla la normativa en cuanto a la instalación eléctrica es suficiente con que el local disponga de un boletín eléctrico registrado en el organismo de Industria de la Comunidad Autónoma, este boletín estará a nombre del anterior propietario o arrendatario del local y si la instalación eléctrica no sufre cambios, será suficiente con cambiar la titularidad de dicho boletín.
En caso que no se disponga de dicho boletín o se vayan a realizar reformas en la instalación eléctrica es necesario realizar un nuevo boletín eléctrico, el cual debe estar registrado por un instalador eléctrico autorizado en Industria como lo es Tenaga Ingenieros, en nuestra tienda puedes encontrar las tarifas para realizar este boletín.
Para algunas actividades como son aquellas consideradas de «pública concurrencia», no es suficiente con la realización de un boletín eléctrico sino que es obligatorio realizar un proyecto de ingeniería de baja tensión, un certificado final de obra y una revisión de la instalación eléctrica por un Organismo de Control Autorizado (OCA), antes de poner en marcha la instalación eléctrica.
Para que el local cumpla con la normativa en cuento a ventilación y climatización es obligatorio que el local disponga de ventilación forzada capaz de asegurar la renovación de aire según establece el RITE, para lo cual habrá que realizar el cálculo de la instalación de ventilación en función de la actividad, superficie y número de personas que vayan a ocupar el local.
En cuanto a la climatización, el local debe tener un sistema de climatización, capaz de mantener la humedad y temperatura establecida en el RITE que actualmente para la humedad se sitúa entre 40 y 60% de Humedad Relativa y de temperatura en invierno entre 21 y 23º y en verano entre 23 y 25º
Para asegurar este cumplimiento en aquellos locales en los que el cálculo de la climatización proporcione un resultado inferior a 5 kW será suficiente con que quede plasmado en el proyecto de licencia de actividad, para aquellos en los que la potencia se sitúe entre 5 y 70 kW será necesario aportar un boletín de instalación térmica registrado en Industria y para aquellas situaciones en las que la potencia sea superior a 70 kW será necesaria la realización de un proyecto de ingeniería de instalación térmica
- Que se cumpla con las ordenanzas municipales
Estas ordenanzas son muy diversas y dependen de cada municipio y de cada actividad por lo que será necesario conocer todas las ordenanzas del municipio en donde se desee obtener la licencia y aplicar las que les corresponde, a continuación se muestran algunas de ellas para diferentes municipios:
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- En locales que vayan a ejercer ruido como bares, restaurantes, discotecas, etc… los niveles de ruido suelen estar limitados por lo que es necesario aislar el local frente a ruidos y vibraciones y pasar una inspección por una Entidad de Control Ambiental (ECA)
- En locales donde haya cocinas suele existir una limitación en cuanto a las chimeneas, las cuales deben salir a cubierta obligatoriamente y mantener unas distancias mínimas a cualquier otra construcción como, edificios, ventanas, etc…
- En algunos municipios no se permite colgar los aparatos exteriores de aire acondicionado en la fachada de los locales y deben ser ubicados o en la cubierta del edificio o en el interior del local y conducir los aires de entrada y salida desde y hacia la fachada
- Existen municipios en donde los caudales de ventilación y climatización están limitados por lo que es necesario dimensionar las rejillas para no sobrepasar los niveles de emisión, velocidad del aire y ruido a emitir
- En el caso de la hostelería el número de baños y aseos mínimos está regulado
- La forma de construir una cocina está regulada por los materiales a utilizar, revestimiento y terminaciones de las paredes y suelo para que estos sean fácilmente limpiables
Si el local y la actividad cumplen todos estos requisitos y alguno mas que dependerá de la actividad concreta a desarrollar es suficiente con la realización del trámite de obtención de licencia de actividad oportuno en cada Ayuntamiento, si el local no cumple con alguno de los requisitos será necesario realizar reformas en el local para que las cumplan o en el caso que sea imposible la reforma o esta no sea viable económicamente buscar otro local que reúna los requisitos.
Es por esto que es tan importante la elección de un buen local en base a criterios estéticos, de situación, de clientela potencial y de precio como a criterios técnicos para el cumplimiento de la normativa, para lo cual lo mejor es contar con un técnico experto en normativa como los que forman Tenaga que puedan asesorarte en todo lo relacionado con la obtención de la licencia de actividad de tu nuevo negocio
Si estás pensando en emprender y necesitas obtener la licencia de apertura de nuevos negocios puedes ponerte en contacto con nosotros o consultar nuestros servicios en nuestra tienda